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CDA TRIODOS: EL MERCADO ESPECULATIVO DE CAPTIN EN EL QUE NI TRIODOS CONFÍA

CDA TRIODOS / CAPTIN / Abogada Belen Rincón Pérez



Ya hemos dedicado un par de artículos en el blog a los CDA de Triodos, en esta entrada y en esta entrada.

En ellas exponíamos que el mecanismo que Triodos ofrecía a los clientes para poder recuperar su dinero era incorporarse a un mercado que denominaba “Sistema Multilateral de Negociación” en el que el cliente podría intentar recuperar su dinero.

En las últimas semanas los titulares de CDA están recibiendo de CAPTIN, la empresa creadora de este mercado MTF (Multilateral Trading Facility) documentación por la cual aceptarían que CAPTIN sea su “bróker”, esto es, su intermediario en las ordenes que se den dicho mercado.

Con ello los titulares de CDA pasarían de ostentar un producto antiespeculativo a un producto sujeto al valor de mercado en el que el valor de rescate del producto dependerá del precio al que se cruce la orden de venta y la orden de compra de manera que, como ocurre en cualquier mercado, ante un gran volumen de oferta y poca demanda el precio bajará.

Recordemos qué es lo que Triodos anunciaba en sus folletos de emisión.

No hace falta acudir a ellos. La imagen de portada de esta entrada está obtenida de su propio folleto: NO SE SOLICITARÁ LA ADMISION DE COTIZACION DE LOS CERTIFICADOS DE DEPOSITO EN NINGUN MERCADO DE VALORES.


Esta característica del producto es esencial: los clientes confiaban en la seguridad de sus ahorros, el banco se encargaba de determinar el valor de cada CDA de conformidad con el valor patrimonial contable del banco para evitar la especulación.


Con el mercado de CAPTIN el riesgo derivado de la variación del precio por las expectativas de mercado es muy real y así se determina en el documento de Condiciones de inversión que se ha hecho llegar a los clientes:





Hasta tal punto que hasta Triodos ha reconocido en un Memorándum de información sobre el nuevo mercado que si muchos inversores quieren vender y hay pocas ordenes de compra afectará al precio de los CDA y a la liquidez de los mismos.


¿Cuál es el consejo que desde nuestro despacho damos a los clientes titulares de CDA en relación a este mercado?

En todos los procedimientos judiciales relativos a productos de inversión (preferentes, Valores Santander) los abogados nos hemos enfrentado a situaciones en las que los clientes ya habían dado la orden de venta del producto en cuestión durante la tramitación del procedimiento, de manera que una vez que se obtiene sentencia ya se había consolidado el perjuicio por la diferencia entre el valor invertido y el valor recuperado por la venta.

En todas estas situaciones el argumento del banco era que el cliente había “convalidado el error padecido” es decir, había realizado un acto que implicaba su voluntad de renunciar a la causa de nulidad de la contratación.

No obstante, este argumento siempre ha resultado desestimado en la jurisprudencia puesto que un cliente que únicamente intenta evitar seguir teniendo pérdidas y recuperar parte de su dinero no esta renunciando a seguir la tramitación del procedimiento a los efectos de poder seguir reclamando el resto.

Por tanto, si bien desde el punto de vista de la viabilidad del procedimiento o de la ejecución de una sentencia favorable, no sería inconveniente que el cliente hubiera dado orden de venta en tal mercado, lo cierto es que Triodos podría aprovechar dicha situación para argumentar que el cliente ha ido en contra de sus actos, esto es, da por válida la contratación de un producto especulativo y ese “cambio de las reglas del juego” unilateralmente operado por Triodos, por lo que el consejo que lanzamos a los titulares es eludir dicho mercado MTF.



Cualquier duda puede consultarnos:


🟢Abogada Belén Rincón Pérez

☎️Teléfono: 696 80 39 27

📲 WhatsApp: 623 03 80 87


Puede seguirnos en los siguientes grupos:


Grupo afectados CDA Triodos Bank https://www.facebook.com/groups/1122898111586366


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